Con la publicación del decreto presidencial número 2.504, en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.269
Extraordinario, quedó oficializado el aumento del salario mínimo anunciado por el presidente Nicolás Maduro.
El decreto establece el incremento en un veinte por ciento (20%) el
salario mínimo nacional mensual obligatorio, para los trabajadores del
sector público y privado, fijándolo en veintisiete mil noventa y dos
bolívares con diez céntimos (Bs. 27.092,10) mensuales; vigente desde el 1
de noviembre.
Este ajuste también aplica para pensionados y jubilados.
En el contexto de los ajustes salariales, también se establece el
sistema de remuneraciones de los funcionarios (Decreto N° 2.508) y
obreros (Decreto N° 2.509) de la administración pública nacional.
BONO DE ALIMENTACIÓN O CESTA TICKET
Asimismo, fue publicado en la misma Gaceta, el decreto 2.505, mediante
el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del bono de
alimentación, también llamado Cestaticket Socialista, para los
trabajadores que presten servicios en los sectores públicos y privados, a
doce Unidades Tributarias (12 U.T.) por día, a razón de treinta (30)
días por mes.
Esta nueva base equivale a la cantidad de sesenta y tres mil setecientos veinte bolívares sin céntimos (Bs. 63.720,00), vigente desde el 1 de noviembre de 2016.
TRES MESES DE AGUINALDOS PARA PENSIONADOS
El pago de aguinaldos para los pensionados anunciado por el presidente Nicolás Maduro, también quedó oficializado.
El decreto 2.506 ordena el pago de tres (3) meses a las pensionadas y
los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales,
calculados con el nuevo monto del salario mínimo (Bs. 27.092,10).
TARJETAS SOCIALISTAS
En la referida Gaceta también se incluye el Decreto N° 2.511, mediante
el cual se incrementa el monto único mensual que corresponda asignar a
cada grupo familiar a través de la Tarjeta de las Misiones Socialistas
para los Hogares de la Patria, a la cantidad de treinta y nueve mil
bolívares sin céntimos (Bs. 39.000,00).
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